Requisitos para ser asociados

Si quieres ser asociado a nuestra cooperativa, debes cumplir con uno de los siguientes perfiles:

  • Ser Servidor Público del SNJ (Sistema Nacional de Justicia).
  • Ser Servidor Público diferente al SNJ.
  • Ser pensionado del sector público.
  • Familiares de asociados a Juriscoop (cónyuge o compañero permanente y parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y único civiles).
  • Personas Jurídicas de derecho público.
  • Personas jurídicas del sector cooperativo y solidario.
  • Las demás de derecho privado sin ánimo de lucro.
  • Empresas o unidades económicas cuando prevalezca el trabajo familiar o asociado.

 

CÓMO ASOCIARSE

Para asociarse a Juriscoop, la persona tiene la opción de vincularse a través de nuestras membresías “Millenial”, “Oro”, “Platino” y “Senior”, de acuerdo con sus intereses y necesidades. De tal forma podrá tener acceso a los beneficios del Club Más y a un programa de asistencias diseñado con el que pueda obtener los servicios de previsión, asistencia y solidaridad que sean de su interés.

 

PERSONA NATURAL

Para vincularse debe cumplir los siguientes requisitos:

  • No estar afectado de incapacidad legal.
  • Cumplir con alguno de los perfiles de asociación, descritos anteriormente.

Documentos:

  • Formulario de solicitud de vinculación a Juriscoop.
  • Fotocopia del documento de identificación ampliada al 150% con firma y huella.
  • Último desprendible de pago En caso de ser ex – servidor del SNJ, anexar certificación laboral.
  • Cumplir con los mínimos requisitos que establece el Estatuto de Juriscoop.
  • Otros: Autorización de descuento por nómina asociados Juriscoop.

 

PERSONA JURÍDICA

Las personas jurídicas de derecho público, del sector cooperativo y las de derecho privado sin ánimo de lucro, que estén conformadas por quienes pertenecen al Sistema Nacional de Justicia podrán ser Asociadas, cuando cumplan los siguientes requisitos:

  • Presentar solicitud por escrito al Consejo de Administración de la Cooperativa.
  • Suscribir y pagar los aportes sociales en el monto establecido en el presente Estatuto.
  • Pagar una cuota de afiliación por valor de un (1) salario mínimo legal mensual vigente, por una sola vez y con carácter no reembolsable.

Aportes Sociales para Personas Jurídicas:

  • Las personas jurídicas asociadas, deberán suscribir un mínimo de aportes sociales de cinco (5) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
  • El pago del aporte suscrito se efectuará mediante cancelación directa del 10% al momento de la aceptación de la vinculación como asociado y el 90% restante en un plazo no mayor de un (1) año a partir de la misma fecha de aceptación.
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