Requisitos para ser asociados
Si quieres ser asociado a nuestra cooperativa, debes cumplir con uno de los siguientes perfiles:
- Ser Servidor Público del SNJ (Sistema Nacional de Justicia).
- Ser Servidor Público diferente al SNJ.
- Ser pensionado del sector público.
- Familiares de asociados a Juriscoop (cónyuge o compañero permanente y parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y único civiles).
- Personas Jurídicas de derecho público.
- Personas jurídicas del sector cooperativo y solidario.
- Las demás de derecho privado sin ánimo de lucro.
- Empresas o unidades económicas cuando prevalezca el trabajo familiar o asociado.
CÓMO ASOCIARSE
Para asociarse a Juriscoop, la persona tiene la opción de vincularse a través de nuestras membresías “Millenial”, “Oro”, “Platino” y “Senior”, de acuerdo con sus intereses y necesidades. De tal forma podrá tener acceso a los beneficios del Club Más y a un programa de asistencias diseñado con el que pueda obtener los servicios de previsión, asistencia y solidaridad que sean de su interés.
PERSONA NATURAL
Para vincularse debe cumplir los siguientes requisitos:
- No estar afectado de incapacidad legal.
- Cumplir con alguno de los perfiles de asociación, descritos anteriormente.
Documentos:
- Formulario de solicitud de vinculación a Juriscoop.
- Fotocopia del documento de identificación ampliada al 150% con firma y huella.
- Último desprendible de pago En caso de ser ex – servidor del SNJ, anexar certificación laboral.
- Cumplir con los mínimos requisitos que establece el Estatuto de Juriscoop.
- Otros: Autorización de descuento por nómina asociados Juriscoop.
PERSONA JURÍDICA
Las personas jurídicas de derecho público, del sector cooperativo y las de derecho privado sin ánimo de lucro, que estén conformadas por quienes pertenecen al Sistema Nacional de Justicia podrán ser Asociadas, cuando cumplan los siguientes requisitos:
- Presentar solicitud por escrito al Consejo de Administración de la Cooperativa.
- Suscribir y pagar los aportes sociales en el monto establecido en el presente Estatuto.
- Pagar una cuota de afiliación por valor de un (1) salario mínimo legal mensual vigente, por una sola vez y con carácter no reembolsable.
Aportes Sociales para Personas Jurídicas:
- Las personas jurídicas asociadas, deberán suscribir un mínimo de aportes sociales de cinco (5) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
- El pago del aporte suscrito se efectuará mediante cancelación directa del 10% al momento de la aceptación de la vinculación como asociado y el 90% restante en un plazo no mayor de un (1) año a partir de la misma fecha de aceptación.